Los planes estatales fijarán la necesidad relativa de los varios proyectos incluidos en los programas de construcción o modernización de facilidades de acuerdo con reglamentos prescritos en armonía con las leyes federales y estatales que proveerán para la construcción o modernización hasta donde haya recursos económicos disponibles para tal construcción o modernización y para la ulterior conservación y operación de las facilidades construidas o modernizadas en el orden correlativo de esa necesidad.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Parte I - Hospitales, Instituciones y Programas Sobre Salud
Capítulo 19 - Facilidades de Salud
Subcapítulo I - Censo, Construcción y Modernización de Facilidades de Salud
§ 332. Programa, censo y construcción de hospitales y otras facilidades de salud
§ 332a. Poderes generales y deberes del Secretario de Salud
§ 332b. Administración de este capítulo y leyes federales aplicables
§ 332c. Administración de asignaciones
§ 332d. Programa de construcción
§ 332f. Normas de conservación y operación
§ 332g. Prioridad de proyectos
§ 332h. Solicitudes de fondos federales
§ 332i. Audiencias y trámite de solicitudes
§ 332j. Facilidades sin fines de lucro
§ 332k. Inspección de proyectos
§ 332l. Fondo federal para construcción y modernización
§ 332m. Depósito de fondos para construcción y modernización