2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo I - Censo, Construcción y Modernización de Facilidades de Salud
§ 332. Programa, censo y construcción de hospitales y otras facilidades de salud

(a) Establecer la organización administrativa necesaria para llevar a cabo las funciones de este capítulo.
(b) Hacer inventarios y censos estadísticos de las facilidades de salud existentes incluyendo su estado de conservación y necesidad de modernización de las mismas, estudiar las necesidades de construcción de facilidades de salud adicionales.
(c) Desarrollar, administrar y supervisar planes estatales para la construcción y modernización de facilidades de salud públicas y privadas sin fines de lucro, o con fines de lucro, de acuerdo con las disposiciones de este capítulo y las leyes federales aplicables.
(d) Velar por que las normas de construcción, operación y mantenimiento establecidas mediante reglamento sean cumplidas.