(a) Todo comerciante que reclame un crédito concedido en esta parte contra su responsabilidad del impuesto sobre ventas deberá conservar y tener disponible para el Secretario toda la documentación necesaria para verificar el derecho de dicho comerciante a tales créditos en la forma que el Secretario establezca por reglamento, incluyendo medios de transmisión electrónica.
(b) El Secretario podrá rechazar un crédito reclamado en la planilla, en la medida que no esté sustentado con la información requerida bajo esta sección, en cuyo caso la cantidad adeudada se considerará una deficiencia según establecido en las secs. 33001 et seq. de este título.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 13 - Contribuciones y Finanzas
Subtítulo 17 - Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico
Parte V - Impuesto Sobre Ventas y Uso
Capítulo 1046 - Registro y Documentos Requeridos
§ 32141. Registro de Comerciantes
§ 32142. Exhibición del certificado de registro
§ 32143. Gestión comercial sin certificado de registro
§ 32144. Registro para exhibidores
§ 32145. Recursos del Secretario
§ 32146. Requisito de conservar documentos
§ 32147. Documentos requeridos a comerciantes y compradores
§ 32148. Documentos requeridos para la reclamación de créditos
§ 32151. Permiso para pagar el impuesto sobre ventas y uso directamente al Secretario