(a) Se impondrá, cobrará, y pagará, a los tipos establecidos en esta sección, un impuesto sobre toda transacción de venta de una partida tributable en Puerto Rico. La aplicación del impuesto estará sujeta a las exenciones concedidas en el Capítulo 3 de este Subtítulo.
(b) La tasa contributiva será de un cinco punto cinco por ciento (5.5%) del precio de venta de la partida tributable y de transacciones combinadas; disponiéndose que, efectivo el 1ro. de febrero de 2014 la tasa contributiva será de seis por ciento (6%).
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 13 - Contribuciones y Finanzas
Subtítulo 17 - Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico
Parte V - Impuesto Sobre Ventas y Uso
Capítulo 1042 - Imposición, Cobro y Persona Responsable
§ 32021. Impuesto sobre ventas
§ 32024. Persona responsible por el pago del impuesto
§ 32026. Cobro del impuesto conjuntamente con precio de venta
§ 32028. Cobro del impuesto sobre ventas en ventas despachadas por correo
§ 32029. Prueba necesaria y presunción de corrección
§ 32030. Limitación para fijar impuestos
§ 32031. Adquisición de partidas tributables por agentes de rentas internas