Se crea la Autoridad con el propósito de (1) emitir los Bonos de Reestructuración para: (a) implantar la transacción de reestructuración; (b) facilitar el cumplimiento del Plan Fiscal del BGF; y (c) facilitar el financiamiento de servicios esenciales gubernamentales o públicos por el Gobierno de Puerto Rico, (2) poseer y administrar la propiedad de reestructuración y (3) otorgar al fideicomiso de entidad pública el interés propietario residual en la Autoridad. La Autoridad es creada y constituida para ejercer funciones esenciales gubernamentales y públicas y el cumplimiento por la Autoridad de las actividades y poderes otorgados por este capítulo serán considerados y constituirán un servicio esencial del Estado Libre Asociado de Puerto Rico para el beneficio y el bien del pueblo de Puerto Rico. La Autoridad no es creada u organizada, y sus operaciones no serán llevadas a cabo, para propósitos pecuniarios, y ninguna parte de los ingresos o activos de la Autoridad serán para el beneficio de, o serán distribuidos a cualquier persona o entidad privada, excepto para proveer servicios y pagar los bonos de reestructuración y honorarios y costos para servicios prestados según dispuesto en este capítulo o según sea requisito para ejecutar el propósito de este capítulo.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Parte VII - Otras Instituciones Financieras
Subcapítulo II - La Autoridad de Recuperación de la Deuda del BGF
§ 3171. Creación de la Autoridad de Recuperación de la Deuda del BGF
§ 3172. Existencia legal separada
§ 3173. Propósito de la Autoridad de Recuperación
§ 3174. Actividades de la Autoridad de Recuperación
§ 3176. Actividades prohibidas