(a) Cuando se requiera la inmediata entrega de materiales, efectos y equipo, ejecución de servicios u obras de construcción debido a la existencia de circunstancias extraordinarias no previsibles.
(b) Cuando se necesiten piezas de repuestos, para efectos o servicios previamente suministrados o contratados.
(c) Cuando los precios no estén sujetos a competencia porque no haya más que una sola fuente de suministro o porque estén regulados por ley.
(d) Cuando la Autoridad haya celebrado dos (2) subastas y dichas subastas hayan resultado desiertas o haya comparecido un solo licitador cual oferta no sea competitiva con los precios en el mercado abierto. En tales casos, la compra de materiales, efectos o equipo, o la obtención de tales servicios podrá hacerse en mercado abierto en la forma corriente en las prácticas comerciales.
(e) Cuando se requieran servicios o trabajos profesionales o de expertos y la Autoridad estime que en interés de una buena administración, tales servicios o trabajos [debarán] contratarse sin mediar tales anuncios.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Subtítulo 2 - Asuntos Militares
Parte III - Facilidades Militares
§ 3051c. Director Ejecutivo—Facultades, deberes y funciones
§ 3051d. Propósito, facultades y poderes de la Autoridad
§ 3051e. Funcionarios y empleados
§ 3051g. Utilidad pública; adquisición de propiedades
§ 3051h. Transferencia de bienes
§ 3051j. Contratos de construcción y compras
§ 3051l. Exención contributiva
§ 3051m. Acuerdos del Gobierno
§ 3051n. Nombramiento de síndico
§ 3051o. Tenedores de bonos, remedios