2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 15 - Sueldo de los Maestros
§ 297. Compensación extraordinaria por servicios fuera de horas regulares

Se autoriza al Secretario de Educación a contratar los servicios de maestros, funcionarios o empleados del Departamento de Educación y del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, sus instrumentalidades, subdivisiones políticas, corporaciones públicas o de las subsidiarias de éstas y pagarles la debida compensación extraordinaria por los servicios adicionales que hubieren prestado como maestros, o en cualquier otra capacidad, en escuelas extramuros, programas de alfabetización, programas de televisión y radiodifusión públicas y otras actividades de índole similar a cargo del Departamento de Educación, fuera de sus horas regulares de servicios como maestros o servidores públicos, sin sujeción a lo dispuesto por la sec. 551 del Título 3, o a las disposiciones de cualquier otra ley en contrario.