2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 13 - Departamento de Hacienda
§ 282. Anticipos para programas financiados con aportaciones federales; reglamentación

(a) Se autoriza al Secretario de Hacienda de Puerto Rico a anticipar y poner a la disposición de los departamentos y dependencias del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, según lo soliciten, las cantidades de dinero necesarias de cualesquiera fondos disponibles en el Tesoro Estatal, no destinados a otras atenciones, para facilitar el llevar a cabo los programas que están financiados con aportaciones federales.
(b) Con cada solicitud de anticipo de fondos los departamentos y dependencias del Estado Libre Asociado de Puerto Rico suministrarán al Secretario de Hacienda la evidencia necesaria que demuestre que los anticipos a hacerse de acuerdo con las disposiciones de esta sección, están garantizados por asignaciones federales existentes.
(c) Todos los anticipos hechos de acuerdo con las disposiciones de esta sección serán reembolsados al Fondo General del Tesoro Estatal tan pronto se reciban los correspondientes fondos federales. Para tales propósitos los departamentos y dependencias deberán tramitar sin demora la documentación necesaria requerida por el gobierno federal para que se depositen en el Tesoro Estatal lo antes posible los reembolsos correspondientes.
(d) El Secretario de Hacienda promulgará la reglamentación y procedimiento que considere necesarios para asegurar el pronto reembolso de los anticipos autorizados por esta sección.

Structure 2020 Laws of Puerto Rico

2020 Laws of Puerto Rico

Título 3 - Poder Ejecutivo

Capítulo 13 - Departamento de Hacienda

§ 231a. Delegación de poderes y deberes del Secretario de Hacienda

§ 236. Libros y expedientes sujetos a inspección

§ 237. Copias autenticadas serán evidencia de originales

§ 239. Sello oficial

§ 251. Cheques del Secretario de Hacienda y cheques de oficiales pagadores

§ 281. Publicación de material informativo por el Secretario de Hacienda

§ 282. Anticipos para programas financiados con aportaciones federales; reglamentación

§ 283. Título corto

§ 283a. Declaración de política

§ 283b. Definiciones

§ 283c. Diseño e intervención de la organización fiscal y los sistemas y procedimientos de contabilidad

§ 283d. Informes financieros

§ 283e. Contabilidad y preintervención de los fondos públicos de las dependencias

§ 283f. Ingresos de fondos públicos

§ 283g. Asignaciones de fondos públicos

§ 283h. Obligaciones y desembolsos

§ 283i. Custodia, control y contabilidad de propiedad pública

§ 283j. Fianzas de funcionarios y empleados públicos

§ 283k. Otras disposiciones misceláneas

§ 283m. Reglamentación

§ 283n. Facultades para investigar; apelación de decisiones del Secretario; cumplimiento mediante orden judicial

§ 283o. Libros y expedientes sujetos a inspección

§ 283p. Penalidades

§ 284. Cargos por solicitud de determinaciones, opiniones, etc.—Autorización

§ 284a. Cargos por solicitud de determinaciones, opiniones, etc.—Especificaciones

§ 284b. Cargos por solicitud de determinaciones, opiniones, etc.—Exenciones o reducción

§ 284d. Cargos por solicitud de determinaciones, opiniones, etc.—Reglamentación

§ 285. Cargos por gestiones y transacciones de cobro—Autorización

§ 285a. Cargos por gestiones y transacciones de cobro—Imposición del cargo

§ 285b. Cargos por gestiones y transacciones de cobro—Exenciones

§ 285c. Cargos por gestiones y transacciones de cobro—Reglamentación

§ 285d. Cargos por gestiones y transacciones de cobro—Destino de los fondos

§ 286. Autorización de certificación de no deuda