En caso que el producto de la venta de una propiedad ejecutada resulte mayor que la responsabilidad cubierta por la Agencia, mediante el pago de seguro, dicho exceso debe depositarse por la Agencia a la cuenta del Fondo de Reserva de Hipotecas Aseguradas.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 19 - Fondo de Reserva de Hipotecas Aseguradas
§ 262. Reglamento para Seguro de Garantía de Hipotecas
§ 263. Pago en bonos sin garantía hipotecaria
§ 264. Emisión de bonos sin garantía hipotecaria
§ 268. Venta de propiedad ejecutada
§ 270. Garantía por el Estado Libre Asociado
§ 271a. Garantía por el Estado Libre Asociado—Fondo de reserva especial para respaldar el programa
§ 272. Exención de pago y cancelación de sellos de rentas internas