2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 19 - Fondo de Reserva de Hipotecas Aseguradas
§ 268. Venta de propiedad ejecutada

En caso que el producto de la venta de una propiedad ejecutada resulte mayor que la responsabilidad cubierta por la Agencia, mediante el pago de seguro, dicho exceso debe depositarse por la Agencia a la cuenta del Fondo de Reserva de Hipotecas Aseguradas.