2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 2A - Pesquerías
§ 25n. Auxilio de jurisdicción

De una parte incumplir con una orden o resolución del Secretario, éste podrá recurrir en auxilio a la Sala con competencia del Tribunal de Primera Instancia para que se expida una orden judicial y de esa forma exigir el cumplimiento de la anterior bajo apercibimiento de que se incurrirá en desacato si no cumple con dicha orden.