El Secretario en el ejercicio de las facultades concedidas por este capítulo para la protección de los recursos pesqueros o el interés público podrá dictar órdenes de cesar y desistir de cualquier actividad contraria a este capítulo o sus reglamentos, órdenes de mostrar causa, órdenes de hacer, así como emitir resoluciones e imponer multas administrativas a tenor con la reglamentación vigente.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Subtítulo 1 - Protección de la Caza y la Pesca
§ 25a. Declaración de política pública
§ 25c. Poderes y deberes del Secretario
§ 25e. Permisos especiales de pesca
§ 25f. Denegación o revocación de licencias o permisos
§ 25g. Requisitos de información
§ 25m. Poderes adicionales del Secretario