2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 81 - Junta Examinadora de Educadores en Salud
§ 2557. Licencias—Licencia obligatoria para ejercer

A partir de la fecha de vigencia de esta ley solamente las personas que posean una licencia expedida por la Junta tendrán derecho a ejercer la profesión de educador en salud o de educador en salud comunal en Puerto Rico y usar el título correspondiente.