El Secretario, dentro de los sesenta (60) días siguientes a la aprobación de esta ley, adoptará mediante reglamento un contrato modelo de arrendamiento con opción a compra el cual contendrá los requisitos establecidos por este capítulo. Dicho contrato será usado como modelo por toda persona o entidad dedicada al arrendamiento de bienes muebles con opción a compra, que esté sujeta a las disposiciones de este capítulo. Todos los contratos utilizados por personas o entidades dedicadas al arrendamiento de propiedad mueble con opción a compra deberán contener al menos las mismas disposiciones que contenga dicho contrato modelo.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Subtítulo 3 - Reglamentación de los Negocios
Capítulo 222 - Ley de Contratos de Arrendamiento con Opción a Compra
§ 2452. Inaplicabilidad de otras leyes; transacciones exentas
§ 2457. Derechos de reinstalación del arrendatario
§ 2458. Disposiciones prohibidas
§ 2459. Opción temprana de compra
§ 2461. Provisiones prohibidas; nulidad
§ 2462. Recibos, reconocimiento de pago total
§ 2463. Concesión de honorarios y costas