Cualquier miembro que no pague su cuota se considera como miembro pasivo, sin derecho [a] voz ni a voto, por un período de tiempo que se establecerá en el reglamento, y pasado dicho período de tiempo, quedará suspendido como miembro del Colegio previa notificación de la Junta Examinadora; podrá rehabilitarse mediante el pago de lo que adeude por concepto de cuotas.