(a) Validez general.— Excepto que de otro modo se disponga en la Ley de Transacciones Comerciales, un acuerdo de garantía mobiliaria es válido según sus términos, entre las partes, en contra de compradores de la propiedad gravada, y contra los acreedores.
(b) Aplicabilidad de las leyes para la protección de los consumidores y otras leyes.— Una transacción sujeta a este capítulo estará sujeta a cualquier disposición legal aplicable la cual establece una regla distinta para consumidores y a cualquier otra ley o reglamento que regule las tarifas, cargos, acuerdos, y prácticas para préstamos, ventas a crédito u otras extensiones de crédito.
(c) Otra ley aplicable controla.— En caso de un conflicto entre este capítulo y un principio de derecho, ley, o reglamento descrito en el inciso (b) de esta sección, el principio de derecho, la ley o el reglamento controlarán. El incumplimiento con la ley o el reglamento descrito en el inciso (b) de esta sección sólo tiene el efecto que la ley o el reglamento especifique.
(d) Deferencia a otra ley aplicable.— Este capítulo no:
(1) Valida ninguna tarifa, cargo, acuerdo, o práctica que viole una ley o reglamento descrito en el inciso (b) de esta sección, o
(2) extiende la aplicación de la ley o reglamento a una transacción que de otro modo no estaría sujeto a ellos.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 19 - Instrumentos Negociables
Subtítulo 2 - Transacciones Comerciales
Capítulo 55A - Transacciones Garantizadas
Subcapítulo II - Validez y Constitución; Derechos y Obligaciones
§ 2231. Validez general del acuerdo de garantía mobiliaria
§ 2232. Título sobre la propiedad gravada no es esencial
§ 2234. Propiedad adquirida posteriormente; adelantos futuros
§ 2235. Uso o disposición de la propiedad gravada es permisible
§ 2236. Una garantía mobiliaria que surge de la compra o entrega de un activo financiero
§ 2238. Obligaciones adicionales del acreedor garantizado que tiene control en la propiedad gravada