2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 2 - Reorganización de la Rama Judicial
§ 21c. Planes—Limitaciones

(a) Afectar los derechos individuales de los jueces y empleados de la Rama Judicial, establecidos por la Constitución o por la legislación vigente, incluyendo los derechos dentro del sistema de pensión, retiro o ahorros.
(b) Extender o reducir el término de un juez incumbente de un tribunal creado por ley más allá de lo señalado por la legislación vigente.
(c) Prolongar o limitar la función judicial de los jueces incumbentes, fuera de la acción legislativa de la creación y supresión de tribunales y de la determinación de competencia y organización, ya sea con anterioridad o más allá de la fecha en que cesaría en su cargo si la reorganización no se hubiera hecho.