2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 8 - Práctica del Masaje
§ 186. Reciprocidad

(a) Concesión de licencias sin examen directamente con varios estados o territorios de los Estados Unidos, o con cualquier país extranjero en que se exijan requisitos sustancialmente similares a los establecidos en este capítulo para la obtención de una licencia de terapeuta de masaje y en los cuales se provea una concesión similar para los licenciados por el Estado Libre Asociado de Puerto Rico.
(b) Residencia previa de seis (6) meses.