2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 8 - Práctica del Masaje
§ 183. Licencia—Exhibición y/o despliegue

Todo terapeuta de masaje y licenciado provisional, deberá exhibir su certificado de inscripción o su licencia con su fotografía en un lugar conspicuo de la oficina, cabina o lugar de trabajo o del negocio de masaje. El título otorgado por la certificación o licencia podrá ser abreviado por el uso de las iniciales del T.M.L.