2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 8 - Práctica del Masaje
§ 184. Cláusula de antigüedad

(a) Ser mayor de dieciocho (18) años.
(b) Presentar diploma de escuela superior o su equivalente.
(c) Haber concluido, aprobado y graduado de un curso de masaje terapéutico no menor de quinientas (500) horas, ofrecido por alguna institución educativa autorizada o acreditada por los organismos oficiales del Estado Libre Asociado. El solicitante debe haber terminado sus estudios en o antes de la fecha en que expire el tiempo de vigencia de la cláusula de antigüedad y deberá presentar el diploma original o evidencia de su graduación.
(d) Todo terapeuta de masaje que haya estado en la práctica del masaje cinco (5) años consecutivos, previo la aprobación de esta enmienda, y que haya tomado y aprobado el examen Nacional de Certificación de Terapeutas de Masaje y Mecánica Corporal (National Certification Board for Therapeutic Massage and Body Work) y/o que tome y apruebe el referido examen durante la vigencia de esta cláusula.
(e) Todo terapeuta, según lo establecido por este capítulo, que haya estado en la práctica del masaje (10) años o más consecutivos y previos a esta enmienda; que haya estado tomando cursos de masaje y/o que haya tomado el examen Nacional de Certificación de Terapeutas de Masaje y Mecánica Corporal (National Certification Board for Therapeutic Massage and Bodywork) o tomarlo durante la vigencia de esta cláusula, serán eximidos de tomar el examen de reválida que brindará la Junta Examinadora de Terapeutas de Masaje de Puerto Rico.
(f) Presentar certificado de antecedentes penales expedido por el Departamento de la Policía de Puerto Rico.
(g) Presentar evidencia de un seguro de responsabilidad profesional vigente.
(h) Presentar certificado de salud.
(i) Presentar licencia de CPR [siglas en inglés] al día y evidencia de haber tomado el taller de VIH, requisito para otros profesionales de la salud.
(j) Presentar evidencia de tener residencia en Puerto Rico por un término de por lo menos seis (6) meses previo a la solicitud.
(k) Presentar evidencia de no deuda contributiva o de que la persona tiene un plan de pago con el Departamento de Hacienda.
(l) Presentar evidencia de registro como comerciante en el Departamento de Hacienda.