2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 101 - Programa de Garantías de Préstamos para el Fomento de Escuelas Cooperativas
§ 1612. Venta, traspaso o cesión

Con la aprobación previa por escrito de la entidad que le haya provisto financiamiento y la del Banco Gubernamental de Fomento para Puerto Rico una escuela cooperativa podrá venderse, traspasarse o cederse a otra escuela cooperativa bona fide sin que afecte la garantía de préstamo que le hubiere sido concedida a la anterior escuela cooperativa. La garantía de préstamo seguirá produciendo todos los efectos legales como si tal venta, traspaso o cesión no se hubiese efectuado.