Si un tribunal de Puerto Rico no reconoce ni ejecuta en su totalidad una orden al amparo del Convenio, ejecutará cualquier parte de dicha orden que pueda ser reconocida o ejecutada de forma independiente al resto de la orden. Una solicitud o un pedido directo puede procurar el reconocimiento y la ejecución parcial de una orden al amparo del Convenio.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 8 - Bienestar Público e Instituciones Caritativas
Capítulo 46 - Ley Uniforme Interestatal sobre Alimentos para la Familia
Subcapítulo VII - Procedimiento de Sustento al Amparo del Convenio
§ 1393. Relación de la ASUME con la Autoridad Central de Estados Unidos
§ 1394. Inicio del procedimiento sobre pensión al amparo del Convenio por parte de la ASUME
§ 1396. Orden al amparo del Convenio y su registro
§ 1397. Orden al amparo del Convenio registrada y su impugnación
§ 1398. Reconocimiento y ejecución de una orden al amparo del Convenio registrada
§ 1400. Acuerdo extranjero de pensión alimentaria
§ 1401. Orden de pensión alimentaria para un menor al amparo del Convenio y su modificación