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§ 4530. Fusión - Dos (2) o más cooperativas organizadas de conformidad con este...
§ 4531. Consolidación - Dos (2) o más cooperativas podrán consolidarse, en cuyo caso,...
§ 4532. Votación - Las cooperativas podrán fusionarse o consolidarse por el voto afirmativo...
§ 4533. Proyecto de convenio - Conjuntamente con la convocatoria a dicha asamblea, se deberá circular...
§ 4535. Integración superior—Disposición general - Las cooperativas podrán asociarse entre sí para intercambiar servicios, celebrar...
§ 4537. Cooperativas de grado superior—Organizaciones - (a) Las centrales cooperativas; (b) las federaciones de cooperativas, y...
§ 4538. Normas para las organizaciones de integración - (a) La Liga y las federaciones podrán pertenecer a organizaciones...
§ 4539. Centrales—Propósitos - (a) Suministrarles máquinas, equipos, herramientas, insumos, materiales de construcción, subsistencias...
§ 4540. Centrales—Normas - (1) Podrán constituirse: (a) Centrales cooperativas de segundo grado, integradas...
§ 4541. Federaciones—Propósitos - (a) Representar y defender los intereses de las cooperativas federadas...
§ 4542. Federaciones—Normas - (a) Podrá constituirse sólo una (1) federación por cada tipo...
§ 4543. Federaciones—Quórum - Una asamblea de federación quedará debidamente constituida cuando estén representadas...
§ 4544. Federaciones—Certificación de socios - La federación podrá solicitar una certificación de socios a la...
§ 4545. Liga de Cooperativas—Definición - La Liga de Cooperativas de Puerto Rico es la asociación...
§ 4546. Liga de Cooperativas—Funciones - (a) Ejercer la representación del movimiento cooperativo; (b) realizar funciones...
§ 4547. Liga de Cooperativas—Estructura - (a) Las federaciones de cooperativas; (b) las centrales cooperativas; (c)...
§ 4548. Liga de Cooperativas—Quórum - Los congresos de la Liga estarán legalmente constituidos cuando estén...