2020 Laws of Puerto Rico
Parte IV - Compras del Gobierno
Artículo 38. Catálogo digital

La Administración creará y mantendrá un catálogo digital que contendrá las descripciones de artículos, bienes, materiales y servicios profesionales y no profesionales mediante la utilización de una nomenclatura clara, uniforme y específica que será utilizada en el proceso de compras. Este catálogo estará disponible a las agencias de la Rama Ejecutiva y para las corporaciones públicas y los municipios que voluntariamente decidan utilizar los servicios de la Administración y los licitadores incluidos en el Registro mediante el Portal de Cotizaciones y Adjudicaciones.