La Rama Ejecutiva y aquellas corporaciones públicas y municipios que voluntariamente decidan utilizar los servicios de la Administración, estarán obligados a realizar sus compras a través del sistema de compras centralizadas de la Administración. Ningún bien o servicio no profesional que tenga un contrato abierto negociado por la Administración podrá comprarse a un proveedor distinto a aquellos negociados por la Administración. El Administrador establecerá el proceso a seguir por la Rama Ejecutiva y las corporaciones públicas y los municipios que voluntariamente decidan utilizar los servicios de la Administración para efectuar las compras regulares.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 3 - Poder Ejecutivo Apéndices
XIX. Administración de Servicios Generales
Parte IV - Compras del Gobierno
Artículo 24. Compras mediante subasta pública
Artículo 25. Excepciones a compras mediante subasta pública
Artículo 26. Compras regulares
Artículo 26A. Compras por volumen
Artículo 29. Revisión de compras de emergencia
Artículo 30. Niveles de aprobación
Artículo 31B. Comité de Eficiencia de los Procesos de Compras Públicas