La Administración tendrá directamente bajo su jurisdicción, la administración de todos los vehículos de motor y todo otro medio de transportación terrestre, aérea y marítima, así como sus partes accesorias y los servicios necesarios para el mantenimiento de los vehículos que sean propiedad o sean utilizadas por la Rama Ejecutiva. La Administración obtendrá directamente los anteriores medios de transportación a través de compraventa, arrendamiento o cualquier otro medio permisible bajo las leyes del Gobierno de Puerto Rico. Asimismo, se faculta a la Administración a adquirir todo otro bien, incluyendo, pero sin limitarse a, combustibles, equipos o partes de reemplazo necesarios para el funcionamiento, reparación o mantenimiento de dichos vehículos y a negociar contratos de servicios de reparación y mantenimiento para los medios de transportación de las dependencias ejecutivas.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 3 - Poder Ejecutivo Apéndices
XIX. Administración de Servicios Generales
Parte III - Servicios Auxiliares
Artículo 14. Administración y control de vehículos de motor y otros medios de transportación
Artículo 15. Sobrecargo por suplido de combustible
Artículo 16. Línea de crédito para la adquisición de combustible
Artículo 18. Plan para incentivar uso de vehículos privados
Artículo 19. Propiedad excedente
Artículo 19-A. Programa de Imprenta y Centros de Reproducción
Artículo 21. Asignación de funciones y limitaciones a funcionarios y empleados