Se prohíbe la contratación de servicios profesionales o comprados en entidades de la Rama Ejecutiva en exceso de diez mil (10,000.00) dólares en un mismo año fiscal, sin autorización previa escrita del Gobernador, o la persona que éste delegue. Cualquier contrato otorgado en incumplimiento de este requerimiento será nulo. Este requisito de autorización es en adición a, y no sustituye, cualquier otra normativa aplicable, incluyendo normativa del Gobernador, o la persona que éste delegue al amparo de Órdenes Ejecutivas de control de gasto, o normativa de la Oficina de Gerencia y Presupuesto.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
§ 9392. Primacía de este capítulo
§ 9397. Concesión de aumentos en beneficios económicos o compensación monetaria extraordinaria
§ 9400. Foro para dirimir controversias
§ 9402. Control fiscal y reconstrucción económica
§ 9403. Planes para las sentencias finales y firmes pendientes de pago
§ 9408. Prohibiciones respecto a la contratación de servicios, entre otros
§ 9413. Prohibición de reclamaciones retroactivas al concluir la vigencia de esta Ley