2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 4 - Ley para Traspasar las Carreteras Terciarias del Departamento de Transportación y Obras Públicas del Estado Libre Asociado de Puerto Rico a los Municipios
§ 93. Reglamento

El Departamento de Transportación y Obras Públicas, la Oficina del Comisionado de Asuntos Municipales, la Junta de Planificación, el Banco Gubernamental de Fomento y los municipios que se hayan acogido a la presente Ley, deberán aprobar o atemperar cualquier reglamento, circular informativa o memorando circular a la presente Ley en un término de noventa (90) días luego de aprobada la misma. Cualquier otro reglamento que se encuentre en conflicto con la política pública aquí establecida deberá ser enmendado por la agencia pertinente.