Con el propósito de viabilizar este capítulo se ordena la designación de un “Comité Para el Traspaso de las Carreteras Terciarias” por cada municipio participante. El Comité debe tener representación del Secretario del Departamento, de la Federación de Alcaldes de Puerto Rico, y de la Asociación de Alcaldes de Puerto Rico. Las representaciones del Secretario, de la Federación de Alcaldes, y de la Asociación de Alcaldes deberán incluir áreas de política pública, asesoramiento legal, bienes raíces y presupuesto, entre otros.