E1 secretario, director, administrador o jefe de agencia y/o los funcionarios y empleados en que éste delegue y/o cualquier representante autorizada del mismo o de la agencia correspondiente, serán responsables de la legalidad, exactitud, propiedad, necesidad y corrección de todos los gastos que se autoricen para el pago de cualquier concepto. A estos fines, deberán producir y someter todos los informes que requieren las leyes, reglamentos, procedimientos y normas aplicables, dentro del término establecido para los mismos. Asimismo, estarán sujetos a las disposiciones de las secs. 5001 et seq. del Título 33, conocidas como el “Código Penal de Puerto Rico”, en todo asunto relacionado con el descargue de su función pública, administrativa y fiscal, así como lo dispuesto en la sec. 8773 de este título, cuando la misma sea aplicable.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
§ 8754. Prohibición del uso de deudas
§ 8755. Límite al uso de los excesos de recaudos
§ 8758. Prohibición a exceder el presupuesto asignado
§ 8759. Preparación de certificaciones
§ 8762. Plan estratégico—Economías
§ 8764. Ahorros por reducción en gastos
§ 8765. Fondos públicos—Pago de teléfonos celulares
§ 8766. Fondos públicos—Pago de vehículos de motor
§ 8767. Fondos públicos—Pago de servicios profesionales de cabildeo
§ 8768. Gastos de difusión pública del Gobierno
§ 8770. Legalidad y exactitud de gastos, responsabilidad
§ 8771. Organización fiscal y sistema de contabilidad uniforme