(a) Preparar y revisar Planes de Ordenación, y efectuar todas las actividades necesarias para la eficaz ejecución de estos procesos.
(b) Celebrar vistas públicas relacionadas con los Planes de Ordenación y efectuar todas las actividades incidentales a las mismas.
(c) Supervisar el desarrollo y cumplimiento de los Planes de Ordenación.
(d) Recopilar y actualizar información, así como mantener expediente, relacionados con la ordenación territorial del municipio.
(1) Tramitar solicitudes de autorizaciones y permisos de conformidad a las facultades transferidas al municipio mediante convenio.
(2) Mantener por cinco (5) años un expediente físico o electrónico de cada solicitud de autorización y permisos, así como de las determinaciones tomadas al respecto.
(3) Celebrar vistas públicas relacionadas con la otorgación de autorizaciones o permisos y efectuar todas las actividades incidentales a las mismas.
(4) Promover el inicio de acciones legales, ya sean administrativas o judiciales, para procesar las violaciones o querellas relacionadas con las facultades transferidas al municipio mediante convenio.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Subtítulo 8 - Código Municipal de Puerto Rico
Parte VI - Planificación y Ordenamiento Territorial
Capítulo 352 - Ordenamiento Territorial
§ 7853. Nombre de los municipios
§ 7855. Metas y objetivos de la ordenación territorial
§ 7858. El memorial, el programa y la reglamentación del plan territorial
§ 7859. Programa y Plan de Ensanche
§ 7861. Elaboración, adopción y revisión de Planes de Ordenación
§ 7865. Transferencia de competencias sobre la ordenación territorial
§ 7866. Oficina de Ordenación Territorial; Oficina de Permisos y Reglamentos Internos
§ 7867. Decisiones en casos especiales
§ 7868. Notificación de decisiones de la Oficina de Permisos
§ 7870. Facultades y recursos legales para el cumplimiento de la reglamentación vigente
§ 7872. Planes territoriales en desarrollo a la vigencia de este Código
§ 7875. Dedicación de terrenos para usos dotacionales
§ 7877. Transferencias de derechos de desarrollo
§ 7881. Reglamentación para las nuevas competencias
§ 7882. Fondos para la elaboración de planes territoriales, planes de área y planes de ensanche