(a) Los bienes de uso personal no incluidos en el inciso (a) de la sec. 6962 de este título o en la sec. 7012 de este título;
(b) la explotación agrícola, comercial o industrial que constituye el ejercicio de su profesión, oficio o industria o que atendió de modo particular y exclusivo durante el matrimonio;
(c) el local, con su mobiliario, donde ejerce su profesión u oficio; y
(d) la vivienda donde tiene su residencia habitual o la residencia familiar, si cumple los criterios que establece este Código para la vivienda familiar ante la disolución matrimonial.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Subtítulo 7 - Las Instituciones Familiares
Parte V - El Régimen Económico Matrimonial
Capítulo 501 - La Sociedad de Gananciales
Subcapítulo V - Disolución y Liquidación de la Sociedad de Gananciales
§ 7011. Extinción de la sociedad
§ 7016. Derechos de los acreedores
§ 7017. Abono de reintegros y recompensas
§ 7018. División y adjudicación por mitad
§ 7019. Pago de deudas entre cónyuges
§ 7020. Atribuciones preferentes
§ 7021. Derecho de uso y habitación
§ 7022. Alimentos al cónyuge y a los hijos