(a) Los bienes comunes y gananciales existentes en el momento de la disolución;
(b) el importe actualizado del valor que tenían los bienes al ser enajenados por actos o negocios ilegales o fraudulentos, si no han sido recuperados; y
(c) el importe actualizado de las cantidades pagadas por la sociedad que sean de cargo solo de un cónyuge y, en general, las que constituyen créditos de la sociedad contra este.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Subtítulo 7 - Las Instituciones Familiares
Parte V - El Régimen Económico Matrimonial
Capítulo 501 - La Sociedad de Gananciales
Subcapítulo V - Disolución y Liquidación de la Sociedad de Gananciales
§ 7011. Extinción de la sociedad
§ 7016. Derechos de los acreedores
§ 7017. Abono de reintegros y recompensas
§ 7018. División y adjudicación por mitad
§ 7019. Pago de deudas entre cónyuges
§ 7020. Atribuciones preferentes
§ 7021. Derecho de uso y habitación
§ 7022. Alimentos al cónyuge y a los hijos