La marca y el logo que se desarrollen no podrán ser modificados sin el consentimiento expreso, escrito de la Corporación. No obstante, el Gobierno de Puerto Rico, sus municipios, instrumentalidades, corporaciones y agencias podrán y deberán utilizar la marca y el logodesarrollado, sin costo, para todo fin que sea consistente con lo dispuesto en este capítulo y en el Contrato de OMD.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 23 - Planificación y Fomento Público
Capítulo 164A - Ley para la Promoción de Puerto Rico como Destino
§ 6982k. Creación de la Corporación para la Promoción de Puerto Rico como Destino
§ 6982l. Objetivo y propósito de la Corporación
§ 6982n. Composición de la Junta de Directores de la Corporación
§ 6982o. Disposiciones adicionales
§ 6982p. Disposiciones adicionales
§ 6982s. Fondo para la Promoción de Puerto Rico como Destino
§ 6982t. Retención de los empleados de la Compañía
§ 6982v. Exclusión de la aplicación de la sec. 4231 del Título 16
§ 6982w. Responsabilidad por deudas.