La Compañía deberá incorporar a sus campañas promocionales de Puerto Rico, elementos de la Isla como destino responsable con el ambiente y una vez alcanzados los objetivos del plan maestro, como destino de turismo sostenible. Deberá prestar especial atención al mercadeo de la modalidad del ecoturismo dentro y fuera de Puerto Rico, por ser ésta la modalidad de mayor reconocimiento internacionalmente. Deberá atemperar las estrategias de mercadeo conforme las tendencias del mercado.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 23 - Planificación y Fomento Público
Capítulo 151 - Desarrollo Turístico
Subcapítulo V - Desarrollo y Fomento del Turismo Sostenible
§ 6316. Secretario—Responsabilidades
§ 6317. Presidente de la Junta de Planificación—Responsabilidades
§ 6319. Comisión Interagencial—Creación
§ 6321. Participación comunitaria
§ 6322. Planificación de la participación del sector privado
§ 6323. Facultad para establecer proyectos turísticos sostenibles y ecoturísticos
§ 6324. Mercadeo en Puerto Rico y el extranjero de las modalidades de turismo sostenible
§ 6325. Implicaciones del desarrollo sostenible de turismo para los municipios