2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 2 - Sistema Integrado de Asistencia Medico-Hospitalaria
§ 61b. Auditoría médica

El Secretario de Salud habrá de establecer, con el asesoramiento del Consejo Coordinador de Salud, un sistema de auditoría médica que permita evaluar anualmente la cantidad, variedad, utilización y calidad de los servicios de asistencia médico-hospitalaria ofrecidos al público en cada institución de salud.