2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo II - Responsabilidades Generales de los Proveedores de Servicios de Salud Mental y Disposiciones Generales para Adultos y Menores
§ 6153k. Oficinas de orientaciones al paciente y manejo de querellas

Todos los proveedores de servicios de salud mental, mantendrán oficinas de orientación a las personas sobre sus servicios. En el caso de los servicios que se ofrecen bajo el Plan de Salud del Gobierno de Puerto Rico y por los proveedores indirectos, dichas oficinas estarán ubicadas en lugares céntricos en el área de mayor concurrencia de la región. Estas oficinas atenderán querellas de personas sobre los servicios que reciben. El manejo de querellas se hará hasta lograr satisfacer la necesidad de servicio a las personas. Las oficinas de orientación a los pacientes y familiares serán responsabilidad de las entidades que administran, coordinan y planifican servicios de salud mental para el Plan de Salud del Gobierno de Puerto Rico y de los proveedores indirectos y será responsabilidad de la Administración de Seguros de Salud vigilar por el cumplimiento de esta disposición. En los casos de los demás proveedores indirectos el Comisionado de Seguros será responsable de vigilar por el cumplimiento de esta disposición.