(a) Se designa el Complejo de Parques de Pequeñas Ligas con el nombre “Complejo de Parques Miguel Ángel Luzunaris Soto” para honrar la trayectoria de quien en vida fuera el propulsor de la creación de los equipos de Pequeñas Ligas de béisbol en Humacao.
(b) La Comisión Denominadora de Estructuras y Vías Públicas de Puerto Rico, el Departamento de Recreación y Deportes, así como el Municipio de Humacao, tomarán las medidas necesarias para dar cumplimiento a las disposiciones de esta sección, sin sujeción a lo establecido en las secs. 178 et seq. del Título 23, conocidas como la “Ley de la Comisión Denominadora de Estructuras y Vías Públicas” para los fines de la designación que se requiere en esta sección.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 15 - Deportes y Parques
§ 42. Junta del Parque Colón—Facultades
§ 43. Junta del Parque Colón—Autorización para administrar fondos
§ 53. Parque Estatal Laguna del Condado
§ 54. Museo en Parque Muñoz Rivera; fondos
§ 55. El Parque Campo del Morro
§ 57. Parque Padre Santiago Guerra
§ 58. Zoológico Dr. Juan A. Rivero
§ 59. Parque del Tercer Milenio Doctor José Celso Barbosa
§ 60. Parque de Bombas José del Carmen “Pinky” Nieves Rivera
§ 61. Complejo de Parques Miguel Angel Luzunaris Soto
§ 62. Martín “Tato” Curet Vázquez Parque
§ 63. Parque de Luis A. Pegui Mercado Toro
§ 64. Profesor Víctor Zayas Pedrogo Complejo Deportivo
§ 65. Parque Francisco "Panchito" Silvagnoli
§ 66. Parque pasivo de Olga Rolón Vda. de Ramírez
§ 67. Área recreativa y parque pasivo de Osvaldo Durán Montañez—Designación
§ 68. Parque de béisbol de Pedro “Peyo Tata” Pacheco Figueroa