2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 3 - Parques
§ 43. Junta del Parque Colón—Autorización para administrar fondos

La Junta del Parque Colón queda autorizada para recibir donativos para la conservación y mejoramiento de dicho Parque Colón y administrar dichos fondos, así como cualesquiera otros fondos que pueda poner a su disposición el Gobierno federal, Estadual o de algún municipio.