(a) Se declara Parque del Estado, bajo la jurisdicción de el Departamento de Recreación y Deportes, el Campo del Morro, el cual se denominará “El Parque Campo del Morro”.
(b) A los fines de esta sección, se entenderá por “Campo del Morro”, los terrenos comprendidos dentro del perímetro formado por el Castillo del Morro, las murallas, y los edificios de la Antigua Beneficencia y el Cuartel de Ballajá, en la Zona Histórica de la Ciudad de San Juan.
(c) La Junta de Planificación y el Departamento de Transportación y Obras Públicas estudiarán la viabilidad de la prolongación del Boulevard del Valle a lo largo de la base del triángulo irregular que forma el Campo del Morro, hasta conectar con el pasaje extramuros existente entre la Puerta de San Juan y el Paseo de la Princesa, completando así la circunvalación, por vías públicas, de la ciudad de San Juan.
(d) El Gobernador de Puerto Rico, o el funcionario que él designe, queda autorizado para procurar un acuerdo con el National Park Service para llevar a cabo las obras necesarias a fin de conectar el Boulevard del Valle con el pasaje extramuros existente entre la Puerta de San Juan y el Paseo de la Princesa, si ello resultare viable de acuerdo con el estudio a que se refiere el inciso (c) de esta sección.
(e) Cualquier obra a realizarse por el Departamento de Recreación y Deportes dentro de dicho sector de la ciudad no podrá ejecutarse sin la previa consulta y aprobación del Instituto de Cultura Puertorriqueña. Cualquier obra a realizarse para la prolongación del Boulevard del Valle hasta conectar con el pasaje extramuros que se extiende desde la Puerta de San Juan al Paseo de la Princesa, deberá ejecutarse mediante consulta y con la aprobación del Instituto de Cultura Puertorriqueña.
(f) Los fondos necesarios para el desarrollo y conservación del Parque del Campo del Morro se asignarán al Departamento de Recreación y Deportes y los fondos necesarios para la prolongación del Boulevard del Valle se asignarán al Departamento de Transportación y Obras Públicas.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 15 - Deportes y Parques
§ 42. Junta del Parque Colón—Facultades
§ 43. Junta del Parque Colón—Autorización para administrar fondos
§ 53. Parque Estatal Laguna del Condado
§ 54. Museo en Parque Muñoz Rivera; fondos
§ 55. El Parque Campo del Morro
§ 57. Parque Padre Santiago Guerra
§ 58. Zoológico Dr. Juan A. Rivero
§ 59. Parque del Tercer Milenio Doctor José Celso Barbosa
§ 60. Parque de Bombas José del Carmen “Pinky” Nieves Rivera
§ 61. Complejo de Parques Miguel Angel Luzunaris Soto
§ 62. Martín “Tato” Curet Vázquez Parque
§ 63. Parque de Luis A. Pegui Mercado Toro
§ 64. Profesor Víctor Zayas Pedrogo Complejo Deportivo
§ 65. Parque Francisco "Panchito" Silvagnoli
§ 66. Parque pasivo de Olga Rolón Vda. de Ramírez
§ 67. Área recreativa y parque pasivo de Osvaldo Durán Montañez—Designación
§ 68. Parque de béisbol de Pedro “Peyo Tata” Pacheco Figueroa