2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 3 - Parques
§ 54. Museo en Parque Muñoz Rivera; fondos

(a) Se ordena al Secretario de Agricultura de Puerto Rico a transferir al Departamento de Recreación y Deportes el museo del Departamento de Agricultura ubicado en el parque Muñoz Rivera y organizado en virtud de la Ley Orgánica de dicho Departamento, secs. 351 a 362, 366 a 375 y 378 a 385 del Título 3, incluyendo todos sus ejemplares y especímenes, así como los demás bienes y propiedades contenidas en dicho museo, y cuanto es anexo y pertinente al mismo.
(b) Los fondos para la operación, mejora y conservación de dicho museo a partir del 1ro de julio de 1968 serán provistos al Departamento de Recreación y Deportes en el Presupuesto General de Gastos para el Funcionamiento del Gobierno.