2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 21A - Carta de Derechos de las Personas con Impedimentos
§ 512. Definición

Para efectos de este capítulo, el término “persona con impedimentos” se refiere a toda persona que tiene un impedimento físico, mental o sensorial que limita sustancialmente una (1) o más actividades esenciales de su vida; tiene un historial o récord médico de impedimento físico, mental a sensorial; o es considerada que tiene un impedimento físico, mental o sensorial.