La Policía de Puerto Rico, el Departamento de Justicia, el Departamento de Salud y el Departamento de la Familia tendrán la obligación de divulgar e informar al público el contenido de las disposiciones de este capítulo por los medios de difusión pública que determinen adecuados.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 8 - Bienestar Público e Instituciones Caritativas
§ 482. Prohibiciones—Proveedores y certificación
§ 482a. Sistema Integrado de Credenciales e Historial Delictivo (SICHDe)
§ 482b. Certificación por el SICHDe
§ 482d. Enlace de la Policía de Puerto Rico
§ 482e. Creación de Registro de Facilidades de Cuidado
§ 483. Prohibiciones—Entidades de proveedores