2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 24A - Ley de Verificación de Historial Delictivo de Proveedores de Servicios de Cuidado a Niños y Envejecientes de Puerto Rico
§ 486. Poderes de reglamentación

El Departamento de Salud queda facultado para crear los reglamentos y procedimientos necesarios para el cumplimiento de este capítulo, incluyendo conceder variaciones y exenciones a las disposiciones reglamentarias, siempre que la concesión de dichas variaciones y exenciones esté de conformidad con las leyes cuya implantación haya sido delegada al propio Departamento.