Se ordena a la Policía de Puerto Rico designar a un empleado o grupo de empleados de la uniformada, que sirvan de enlace para facilitar el acceso a tanto al Sistema de Registro de Personas Convictas por Delitos Sexuales y Abuso contra Menores de Puerto Rico, al Registro de Huellas Dactilares y al Sistema de Información de Justicia Criminal.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 8 - Bienestar Público e Instituciones Caritativas
§ 482. Prohibiciones—Proveedores y certificación
§ 482a. Sistema Integrado de Credenciales e Historial Delictivo (SICHDe)
§ 482b. Certificación por el SICHDe
§ 482d. Enlace de la Policía de Puerto Rico
§ 482e. Creación de Registro de Facilidades de Cuidado
§ 483. Prohibiciones—Entidades de proveedores