2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo A. Oficina de Incentivos Para Negocios en Puerto Rico (§§ 48501 — 48508)
§ 48502. Director de la Oficina de Incentivos

(a) El Secretario del DDEC nombrará al Director de la Oficina de Incentivos, quien dirigirá y administrará esta Oficina. El Director de la Oficina de Incentivos ejercerá los poderes inherentes a su cargo, y cumplirá con los deberes y las obligaciones que le impone este Código.
(b) El Secretario del DDEC podrá delegar al Director de Incentivos cualquiera de las facultades que se le confiere a él en este Código, o en lo que respecta a los asuntos cobijados en este Código, excepto la firma de decretos y la concesión de créditos contributivos.