Cualquier partido político que quisiera cambiar su nombre o insignia podrá hacerlo mediante una certificación de su organismo directivo central que se presentará ante la Comisión, sin que por esto tal partido político pierda los derechos y privilegios que este subtítulo le hubiere concedido, o que hubiere adquirido, mientras utilizaba su anterior nombre o insignia.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 16 - Elecciones e Inscripciones
Subtítulo 7 - Código Electoral de Puerto Rico de 2020
Capítulo 425 - Partidos Políticos
§ 4591. Partidos políticos de Puerto Rico
§ 4592. Prerrogativas de los partidos políticos
§ 4594. Peticiones de endosos para la inscripción de partido por petición
§ 4596. Registro de Electores Afiliados
§ 4597. Inscripción en el Registro de Electores Afiliados
§ 4598. Insignias de partidos políticos, emblemas de aspirantes y candidatos y sus nombres
§ 4599. Prioridad sobre el derecho de propiedad de insignias y emblemas
§ 4600. Retención de derechos sobre nombre e insignia
§ 4602. Cambio de nombre o insignia
§ 4603. Transportación y otros mecanismos de movilización de electores