2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo VIII - Directores, Funcionarios y Comités
§ 4485. Principal ejecutivo—Funciones

(a) Ejercer la representación administrativa de la cooperativa en lo concerniente al comercio y como patrono;
(b) suscribir a nombre de la cooperativa los contratos que sean cónsonos con las responsabilidades que hayan sido delegadas por la Junta de Directores;
(c) implantar las políticas institucionales adoptadas por la Junta;
(d) seleccionar, reclutar, evaluar y remover todo el personal de la cooperativa de conformidad con la legislación laboral, las políticas de la cooperativa y el presupuesto aprobado por la Junta de Directores. Además, tendrá la responsabilidad de coordinar y supervisar las áreas administrativas y asegurar la eficiencia de los procedimientos gerenciales y financieros de la cooperativa;
(e) elaborar e implantar los programas de cumplimiento reglamentario que aseguren el fiel cumplimiento de las leyes y reglamentos locales y federales aplicables a las operaciones de la institución;
(f) formular el proyecto de presupuesto, el cual será sometido a la Junta de Directores para su consideración y aprobación antes de comenzar el año operacional de la cooperativa;
(g) mantener informada a la Junta de Directores sobre la condición operacional, administrativa y financiera de la cooperativa, para lo cual rendirá informes ordinarios mensuales a la Junta de Directores, así como aquellos otros informes especiales que a su juicio o a juicio de la Junta de Directores sea meritorio someter;
(h) otros actos de su competencia según el contrato firmado;
(i) asesorar los cuerpos directivos en asuntos administrativos relacionados con los fines y propósitos y la naturaleza de la cooperativa, y
(j) será el custodio de los libros y registros de la cooperativa, excepto, los que sean de responsabilidad de la Junta de Directores.