(a) La representación legal de la cooperativa, la cual podrá delegarla en uno (1) o más de sus miembros conforme establezca el reglamento;
(b) representación formal ante la gerencia de la cooperativa, la cual podrá delegar por escrito en uno (1) o más de sus miembros, y
(c) presidirá las sesiones de la asamblea general y de Junta de Directores y los actos oficiales de la cooperativa.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 102 - Sociedades Cooperativas
Subcapítulo VIII - Directores, Funcionarios y Comités
§ 4464. Causas para la separación de directores y miembros
§ 4465. Directores; número y requisito
§ 4472. Reglas de funcionamiento
§ 4473. Funciones del Presidente
§ 4475. Destitución de oficiales
§ 4477. Separación; procedimiento ante asamblea
§ 4479. Comité de supervisión—Elección
§ 4480. Comité de supervisión—Obligaciones y facultades
§ 4481. Comité de supervisión—Separación
§ 4482. Comité de educación—Designación y funciones
§ 4483. Comité de educación—Vacantes
§ 4484. Principal ejecutivo—Designación
§ 4485. Principal ejecutivo—Funciones