(1) Proteger a la persona menor de edad de influencias que puedan inducirla al uso de sustancias controladas.
(2) Evitar que se pueda utilizar a la persona menor de edad para la producción o distribución de sustancias controladas.
(3) Impedir y evitar el uso de dichas sustancias controladas por la persona menor de edad.
(4) Ofrecerle a la persona menor de edad los servicios de atención y rehabilitación requeridos por razón de que hayan utilizado sustancias controladas.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 1 - El Estado Libre Asociado
Capítulo 18A - Declaración de Derechos y Deberes de la Persona Menor de Edad
§ 423. Protección integral de derechos
§ 424. Reconocimiento de autoridad paterna y materna
§ 430. Protección contra el abuso o maltrato de menores
§ 432. Vida privada y familiar
§ 434. Personas con impedimentos
§ 436. Esparcimiento y actividades edificantes