Dicha Biblioteca deberá estar adecuadamente amueblada, equipada y mantenida bajo la dirección del Director de la Oficina de Servicios Legislativos, el cual anualmente incluirá en el presupuesto general de gastos de dicha Oficina las cantidades que fueren necesarias para el pago del personal y la operación y mantenimiento de la Biblioteca, así como para la compra de mobiliario, equipo y materiales, incluyendo material bibliográfico.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 25 - Biblioteca Legislativa
§ 423. Mobiliario, equipo y materiales
§ 424. Funcionarios y empleados
§ 426. Colecciones que compondrán la Biblioteca
§ 427. Translado de material de archivos de las secretarías
§ 428. Clasificación del material recibido
§ 429. Publicaciones y material legislativo
§ 430. Publicaciones, informes y material gubernativo
§ 431. Translado de material de los departamentos ejecutivos
§ 432. Translado de material a otras bibliotecas
§ 433. Préstamos o depósitos de material bibliográfico